De conformidad con el artículo 184 del Código del Trabajo, artículo 4 del DS 44/2024 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, y artículo 3 del DS 594/2000 del Ministerio de Salud, las entidades empleadoras estarán obligadas a tomar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de las personas trabajadoras, para lo cual deberán gestionar los riesgos laborales presentes en el lugar de trabajo, de conformidad a este reglamento y las demás normas de prevención de riesgos laborales que sean aplicables.
En ese contexto, compartimos con ustedes el “Formulario Único de Fiscalización (FUF) del DS N°44/2024” sobre gestión preventiva de los riesgos laborales para un entorno de trabajo seguro y saludable.
Este documento se encuentra en el minisitio del DS N°44, donde encontrarás toda la asesoría técnica y los recursos necesarios para gestionar esta nueva forma de hacer prevención en las empresas e instituciones.